TESTIMONIO: VISTO: Lo oportunamente sancionado a través del Decreto-Ordenanza General 355/83 que procediera a modificar la liquidación de la asignación de bonificación por antigüedad a los funcionarios municipales y, CONSIDERANDO: Que la medida adoptada por un gobierno de facto resulta hoy a la luz de las actuales circunstancias una resolución totalmente arbitraria; Que la experiencia aquilatada en otras reparticiones están - volcadas al servicio y funcionamiento de la administración comunal y que a - consecuencia de ello queda sobrentendido que la beneficiaria directa de tal situación no es otra que la propia Administración Municipal; Que es un acto de estricta justicia reconocer a los funciona- rios municipales la antigüedad que pudieran acreditar por desempeños anterio- res en reparticiones de la Administración Nacional, Provincial o Municipal; POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 11/86 ----------------------------- ARTICULO 1.- Derógase el Artículo 3º del Decreto - Ordenanza General 355/83 ------------ a partir del 1º de Enero de 1986.----------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis, en Sesión Extraordi- naria. FIRMADO: Héctor C.Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-